Solicitud de prorroga de vigencia de conducción
Según recoge el artículo 13 del actual Reglamento General de Conductores (RD 818/2009):
- Estas se realizarán en las Jefaturas Provinciales de Tráfico, previa solicitud de los interesados en el modelo oficial establecido, y una vez hayan acreditado que conservan las actitudes psicofísicas exigidas.
- La solicitud de prorroga de vigencia del permiso o licencia podrá presentarse con una antelación máxima de tres meses a su fecha de caducidad.
- Todo lo previo de forma general y sin perjuicio de la aplicación de los restantes puntos de dicho artículo.