Solicitud de prorroga de vigencia de conducción

 

Según recoge el artículo 13 del actual Reglamento General de Conductores (RD 818/2009):  

 

-         Estas se realizarán en las Jefaturas Provinciales de Tráfico, previa solicitud de los interesados en el modelo oficial establecido, y una vez hayan acreditado que conservan las actitudes psicofísicas exigidas.

 

-         La solicitud de prorroga de vigencia del permiso o licencia podrá presentarse con una antelación máxima de tres meses a su fecha de caducidad.

 

 

-         Todo lo previo de forma general y sin perjuicio de la aplicación de los restantes puntos de dicho artículo.